El Gobierno Nacional de Argentina ha introducido una normativa destinada a simplificar el proceso de registro de productos fitosanitarios, enfocándose especialmente en cultivos menores. Esta medida fue presentada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca en conjunto con SENASA e INTA.
La normativa se detalla en el nuevo Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para la Autorización e Inscripción de Productos Fitosanitarios. El objetivo es facilitar el registro de productos destinados a diversas producciones agrícolas, particularmente las autorizaciones para cultivos menores y usos menores en cultivos principales.
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Los procedimientos han sido establecidos mediante la Resolución N°458/2025 y su modificación, la Resolución N°843/2025. Estas disposiciones entrarán en vigencia el 5 de enero de 2026, y modernizan el marco general para agilizar las inscripciones en el Registro Nacional de Productos Fitosanitarios.
Esto permitirá a los productores agrícolas, especialmente aquellos dedicados a cultivos menores como legumbres, frutas, hortalizas y especias, acceder a productos fitosanitarios en menor tiempo.
SENASA, como organismo responsable del registro, colaborará con INTA, universidades, instituciones de investigación, expertos en productos fitosanitarios y gobiernos provinciales. Juntas, estas entidades conformarán grupos de trabajo permanentes para desarrollar y autorizar productos con base científica, ampliando el registro de productos hacia otros cultivos.
La Secretaría convocó a representantes de cadenas de producción a una reunión informativa realizada el martes pasado. En esta reunión participaron autoridades y técnicos de la cartera agropecuaria nacional y sus organismos descentralizados. Este encuentro marca el inicio de un esfuerzo conjunto público-privado, y se espera continuar con nuevas convocatorias de participación para los actores de las diferentes cadenas productivas.
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