A partir del 1 de enero de 2026, el plan de abonado será obligatorio en las explotaciones de regadío de España, especialmente donde se planea sembrar entre el 1 de marzo y el 30 de junio. Este documento debe estar elaborado y listo para su implementación en dicha fecha. Para el resto de cultivos, la fecha se fija para el 1 de septiembre.
El plan de abonado busca equilibrar las pérdidas naturales de nutrientes del suelo con las aportaciones externas a través del riego, materia orgánica o fertilizantes. Al diseñar el plan, el agricultor debe considerar los nutrientes aplicados y su interacción, seleccionando el fertilizante adecuado para las condiciones del suelo y el tipo de cultivo.
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Las consejerías de Agricultura serán responsables de facilitar información sobre el formato adecuado para el plan de abonado y los procedimientos a seguir. En regiones como Castilla y León, el sistema Sativum, desarrollado por Itacyl, permite gestionar la información de las parcelas para elaborar el documento adecuado.
No se requiere presentación formal del plan a las autoridades, pero debe estar disponible para consultas administrativas. Lo contenido en el plan deberá ser respetado al implementar las labores de abonado.
Las áreas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos deberán contar con asesoramiento técnico en fertilización. Este acompañamiento será obligatorio desde 2027, según la fecha de siembra y la clasificación de la zona.
En zonas no vulnerables, la obligación de contar con asesoramiento técnico comenzará en 2028. Adicionalmente, se establece que todas las labores de fertilización deben registrarse en un cuaderno de explotación, que ahora se acepta tanto en formato papel como digital. Esta medida entra en vigor el 1 de enero de 2026, con excepciones para ciertas explotaciones de menor tamaño o características específicas, como fincas de regadío de menos de una hectárea.
En los invernaderos que superen 0,1 hectáreas de superficie cubierta, también será necesario registrar las actividades de fertilización en el cuaderno de explotación. El decreto del Gobierno también flexibiliza los requisitos para la aplicación de estiércol en zonas sin posibilidad de aplicación localizada, y clarifica el cálculo de superficies de pastos comunales.
Fuente: www.revistacampo.es