La Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (USITC) ha determinado que existen indicios razonables de que la industria estadounidense de la fresa sufre un perjuicio importante por las importaciones de fresas frescas de invierno procedentes de México, que supuestamente se venden en los Estados Unidos a un precio inferior a su valor justo. Los resultados de la investigación podrían dar lugar a derechos de importación sobre las fresas mexicanas.
Antecedentes
El 31 de diciembre de 2025, el grupo comercial Strawberry Growers for Fair Trade presentó una petición ante la USITC y el Departamento de Comercio de Estados Unidos. En la petición se alega que las importaciones de fresas frescas de invierno procedentes de México se venden en los Estados Unidos a un precio inferior a su valor justo y están causando un daño importante o una amenaza de daño a la rama de producción nacional.
La investigación se refiere a las fresas frescas de invierno clasificadas en la subpartida 0810.10.40 de la nomenclatura arancelaria armonizada de los Estados Unidos. La determinación se realizó de conformidad con las disposiciones de la Ley Arancelaria de 1930. La Comisión completó y presentó su determinación preliminar el 10 de marzo de 2026.
Próximos pasos
Las investigaciones antidumping en Estados Unidos implican a dos agencias. El Departamento de Comercio de EE.UU. determina si se ha producido dumping, y la USITC determina si la industria nacional ha resultado perjudicada.
Ahora que la ITC ha emitido una resolución preliminar afirmativa, la Comisión inicia la fase final de su investigación. Está previsto que el Departamento de Comercio anuncie su determinación preliminar el 29 de junio de 2026. El plazo del Departamento de Comercio puede ampliarse de conformidad con la ley.
Si la determinación preliminar es afirmativa, la investigación continúa hasta la fase final. Si la determinación preliminar es negativa, la fase final solo comenzará si el Departamento de Comercio emite posteriormente una determinación final afirmativa.
El informe público de la Comisión, Fresh Winter Strawberries from Mexico (Inv. No. 731-TA-1770 (Preliminary), USITC Publication 5713, March 2026), contendrá las opiniones de la Comisión y la información desarrollada durante la investigación. El informe estará disponible el 10 de abril de 2026; cuando esté disponible, se podrá leer en el sitio web de la USITC.
Posibles resultados
Los casos anteriores relacionados con las berries y las hortalizas de invernadero ofrecen ejemplos de posibles resultados.
Un ejemplo es el caso de los tomates frescos procedentes de México. Después de que la investigación constatara la existencia de un perjuicio para la industria estadounidense, los exportadores y el Gobierno de EE.UU. acordaron precios mínimos de referencia en el marco del Acuerdo de Suspensión del Tomate. Este acuerdo sustituía a los aranceles y permitía continuar las exportaciones en condiciones de precios definidas. El acuerdo finalizó el año pasado, tras lo cual se introdujeron derechos de importación.
En 2021, la USITC investigó las importaciones de arándanos frescos procedentes de México a raíz de una petición de los productores estadounidenses. Tras revisar los datos de mercado, la Comisión determinó que las importaciones no causaban un perjuicio grave a la industria estadounidense. Por lo tanto, el caso se dio por concluido sin medidas comerciales.
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