La publicación de la Orden APA/1226/2025 en el Boletín Oficial del Estado establece un punto de inflexión normativo para la industria de la nutrición vegetal en España.
A través de la creación del Registro General de Fabricantes y Agentes Económicos de Productos Fertilizantes (REGFER), el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) articula las herramientas necesarias para dar cumplimiento al Real Decreto 1051/2022 de nutrición sostenible de suelos. Este nuevo registro no es un trámite burocrático más, sino el eje central sobre el que pivotará la trazabilidad y la transparencia del mercado a partir de este año 2026.
Destaca que la normativa afecta de manera integral a toda la cadena de valor, obligando a fabricantes, importadores, envasadores y distribuidores, incluyendo a quienes ejercen labores de asesoría, a formalizar su presencia en este sistema digitalizado. En este ámbito, para las empresas fabricantes, la inscripción en el REGFER se convierte en un requisito habilitante e imprescindible para mantener la puesta en el mercado de sus soluciones nutricionales y bioestimulantes.
El impacto del REGFER en la industria de fertilizantes a partir de 2026
Una de las novedades más relevantes que introduce este marco legal es la sustitución del tradicional modelo de solicitud y resolución por el sistema de declaración responsable.
Este cambio agiliza los tiempos de tramitación, aunque traslada a las empresas una mayor responsabilidad sobre la veracidad y actualización de sus datos. Como consecuencia, los fabricantes deben tramitar este procedimiento de forma telemática ante la comunidad autónoma donde radique su sede social, aportando información detallada sobre su actividad, los grupos de productos (CFP) y la totalidad de sus centros operativos, ya sean instalaciones propias o de terceros.
En este proceso, la claridad administrativa es fundamental. El MAPA ya ha facilitado el acceso al listado oficial de los organismos competentes en cada región, permitiendo que cada operador identifique con precisión la autoridad ante la cual debe rendir cuentas.
Este documento técnico, disponible en la sede electrónica del Ministerio, es la primera herramienta de consulta para asegurar que la presentación electrónica se realiza bajo los cauces correctos.
Calendario de implantación y obligaciones estadísticas para el trienio 2026-2027
El periodo de inscripción y actualización de datos se inicia formalmente el 1 de enero de 2026, estableciéndose el 30 de junio de este mismo año como la fecha límite para que todos los fabricantes actualmente operativos hayan regularizado su situación en el nuevo registro.
Más allá de la inscripción inicial, el REGFER introduce una carga de gestión de datos periódica orientada al control de flujos de mercado, por lo que los fabricantes, deberán reportar anualmente sus cifras de producción, importación, exportación y ventas.
Aunque los mecanismos técnicos de entrega están terminando de definirse por parte del MAPA, ya se ha establecido que el primer ejercicio de reporte estadístico bajo este nuevo formato tendrá lugar durante el primer trimestre de 2027, recogiendo la actividad generada a lo largo del año 2026.
Fuente: aefa-agronutrientes.org